En la representación política en ámbitos legislativos
Asunto de varones
Hasta hace menos de un siglo, las mujeres de nuestro país tenían vedados derechos civiles como la administración de los bienes de la sociedad conyugal o la patria potestad de sus hijos, facultades que eran atribución exclusiva del cónyuge. Así lo establecía el Código Civil de 1871, el primero de nuestro sistema jurídico, vigente hasta agosto de 2015, según el cual las mujeres quedaban bajo la representación legal de sus cónyuges, en el matrimonio. (Continuar leyendo)
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